José de La Cruz Reyes, miembro de la directiva de Convergencia, anunció que su partido se declara desde este viernes en resistencia civil pacífica para defender la Constitución, tras las decisiones adoptadas en el Poder Judicial sobre el caso del diputado Biagio Pilieri.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales, declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por Biagio Pilieri contra la sentencia dictada el 28 de julio de 2010 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy.
El año pasado el Ministerio Público suspendió la sentencia absolutoria dictada en la causa penal seguida al ex alcalde Pilieri y otros ciudadanos por la presunta comisión de los delitos de malversación agravada de fondos públicos, peculado doloso propio e impropio, concertación con interesados y contratación ilegal con la Administración Pública.
En esa misma sentencia, la Corte de Apelaciones también dejó sin efecto la orden de librar las boletas de excarcelación en beneficio de Biagio Pilieri y otros acusados.
La Sala Constitucional indicó que con fundamento en lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y con base en el criterio jurisprudencial, se declaró la causal improcedente porque cesó la presunta violación de los derechos constitucionales denunciados por la defensa.
El pasado 12 de enero la Sala de Casación Penal del máximo órgano judicial del país anuló el fallo absolutorio dictado el 16 de diciembre de 2010 por la Corte de Apelaciones del estado Yaracuy.
Además la referida instancia ordenó la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un juez distinto al que dictó el fallo en diciembre del año pasado, manteniendo la vigencia de las medidas de coerción personal que pesan sobre los acusados.
En ese sentido, el primero de febrero pasado el juez tercero de Juicio de Caracas, José De Sousa, le ordenó a la Guardia Nacional que trasladara a Pilieri hasta la capital venezolana para iniciar el juicio. Sin embargo, el acusado se negó a asistir al nuevo procedimiento judicial.
Biagio Pilieri es señalado de haber incurrido en malversación agravada de fondos públicos, concertación ilegal con contratista y peculado doloso propio durante su gestión como alcalde del municipio Bruzual del estado Yaracuy, en el periodo 2000-2004.
En esa misma sentencia, la Corte de Apelaciones también dejó sin efecto la orden de librar las boletas de excarcelación en beneficio de Biagio Pilieri y otros acusados.
La Sala Constitucional indicó que con fundamento en lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y con base en el criterio jurisprudencial, se declaró la causal improcedente porque cesó la presunta violación de los derechos constitucionales denunciados por la defensa.
El pasado 12 de enero la Sala de Casación Penal del máximo órgano judicial del país anuló el fallo absolutorio dictado el 16 de diciembre de 2010 por la Corte de Apelaciones del estado Yaracuy.
Además la referida instancia ordenó la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un juez distinto al que dictó el fallo en diciembre del año pasado, manteniendo la vigencia de las medidas de coerción personal que pesan sobre los acusados.
En ese sentido, el primero de febrero pasado el juez tercero de Juicio de Caracas, José De Sousa, le ordenó a la Guardia Nacional que trasladara a Pilieri hasta la capital venezolana para iniciar el juicio. Sin embargo, el acusado se negó a asistir al nuevo procedimiento judicial.
Biagio Pilieri es señalado de haber incurrido en malversación agravada de fondos públicos, concertación ilegal con contratista y peculado doloso propio durante su gestión como alcalde del municipio Bruzual del estado Yaracuy, en el periodo 2000-2004.
FUENTE:Globovision.com

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